SE REGULARIZARÁN A MÁS DOCENTES BAJO EL ART. 73

Fecha de publicación: 3 julio, 2021

Sede Nacional

Se amplió el cálculo del Art. 73 del Convenio Colectivo de Trabajo a Marzo de 2021 en la última reunión de Consejo Superior.

De acuerdo a la redacción original de nuestro Convenio Colectivo de Trabajo (CCT), los beneficios del Artículo 73 se aplicaban a los docentes que cumplían las condiciones exigidas a la fecha de promulgación del mismo.
Debido a la mora en aplicarlo por parte de la UTN, se acordó en la Comisión Negociadora de Nivel Particular (CNNP) extender esa fecha primero al 31/3/19 y luego  – en atención a las dificultades para su puesta en vigencia – al 31/3/20.
Ante las dificultades generadas por la situación sanitaria FAGDUT planteó en la CNNP la necesidad de reglamentar en el ámbito de la UTN una suerte de “Artículo 73 permanente” que contemple la situación de aquéllos docentes que ejerzan interinamente por períodos de al menos  cinco años sin posibilidad real y efectiva de concursar por el mismo.
En la misma línea, esto es, ante las dificultades para sustanciar concursos en las actuales condiciones de virtualidad, en la reunión de Consejo Superior del miércoles 30 de junio, se aprobó un despacho de la Comisión de Interpretación, Normas y Reglamentos  que dispone el corrimiento de la fecha de aplicación del Artículo 73 hasta el 31 de marzo de 2021.
Más allá de celebrar este nuevo avance, FAGDUT continuará bregando por el establecimiento de una norma permanente como así también por la ampliación de los derechos políticos para los docentes a quienes se aplicó o aplique en el futuro el Artículo 73, porque cada día honramos más la posición de FAGDUT, que lleva más de 10 años trabajando para la implementación plena del Convenio Colectivo de Trabajo, a fin de garantizar la estabilidad laboral de nuestros compañeros docentes y el goce pleno de sus derechos como trabajadores.