RESPUESTA A LA NOTA ENVIADA POR LA SECRETARIA GENERAL DE CONADUH

Fecha de publicación: 31 marzo, 2008

Sede Nacional

SEÑORA SECRETARIA GENERAL DE LA FEDERACIÓN
NACIONAL DE DOCENTES, INVESTIGADORES Y CREADORES
UNIVERSITARIOS (CONADU HISTÓRICA).
DOÑA MARÍA CLAUDIA BAIGORRIA.
SU DESPACHO.

Ramón Ángel Marostica, Ingeniero Químico, DNI 7.268.952, en mi carácter de Secretario General y representante legal de la Asociación Gremial de Docentes de la Universidad Tecnológica Nacional (FAGDUT), se dirige respetuosamente a la Señora Secretaria Nacional y dice:
1.- Atento a las Resoluciones de la reunión de Secretarios Generales celebrada en la Rioja el 16 de Febrero de 2008, y su consecuencia la carta pública por Ud firmada y enviada con muy generosa divulgación, qué no la contesté de inmediato, porque en estos casos no es mi estilo personalizar cuestiones que deben tratarse institucionalmente, previo período razonable de reflexión y análisis, ya que el debate sobre estos temas, constituye un precedente valioso que debe servir para informar correctamente y hacer docencia, puesto que muchas veces, párrafos que se expresan con apariencia ofensiva, sólo son el producto de la ignorancia. Por tal motivo, convoqué en pleno a la Comisión ejecutiva de FAGDUT, que reunida orgánicamente el 11 de marzo de 2008, se informó oficialmente de la Reunión de 16/2/08, de su carta, y adoptó por unanimidad la decisión de encomendarme la respuesta.
2.-En primer lugar, aclararé en forma categórica, que la circunstancia de acreditar la Personería Gremial 1.527, nos otorga personalidad jurídica como asociación sindical federativa, y sobre todo, representatividad legal de todos los docentes de la Universidad Tecnológica Nacional. Son derechos adquiridos, con mucho tesón y esfuerzo, que no resignaremos por efectos de presiones. En la paritaria del nivel general, regulada durante 1998, por la entonces Dirección Nacional de Negociación Colectiva (hoy se llama Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo), no estábamos afiliados a CONADU, y fuimos reconocidos como integrantes de la Representación Sindical Docente, por las disposiciones 226/97 y 25/98 de dicha Dirección Nacional. Ud, Sra Secretaria General, fue integrante de la Mesa Ejecutiva de aquella CONADU, y debe tener presente los hechos ocurridos. La MEC ( Mesa Ejecutiva CONADU-no se había fraccionado todavía), impugnó las disposiciones antes mencionadas de la Dirección Nacional de Negociaciones Colectivas, e interpuso una acción recursiva subsidiariamente ante el Ministro de Trabajo de la Nación que nos hizo perder seis (6) meses de negociación, que finalmente fue rechazada por la Resolución 428 del 16 de julio de 1998. De esta forma quedó confirmada nuestra independencia sindical, y asimismo nuestro derecho a integrar toda mesa de negociación paritaria en el nivel general, que como señalé en el párrafo anterior no hemos resignado de ninguna manera. También debe recordar que la posición de la MEC, expresada por José Luis Molina y Pedro Sanllorenti, respecto a FAGDUT, era que las Dedicaciones Simples de los docentes de la UTN, debían percibir sólo el cincuenta por ciento (50) (%) del aumento, que cobrarían por la misma dedicación el resto de los docentes de las UUNN.
Para aquellos que declaman la Unidad, ésta no se logra distorsionando hechos y normas con interpretaciones subjetivas que carecen de atribuciones y fundamento. La MEC de Molina, no respetó el estatuto de CONADU, y convocó el Congreso Ordinario extemporáneamente, por lo que lo resuelto en el mismo, fue declarado insanablemente nulo. En consecuencia, el Ministerio de Trabajo, intervino la CONADU, designando como interventor a un tal abogado Valiños, que después de un tiempo razonable, convocó un nuevo Congreso Ordinario, al que la gente nucleada en la actual CONADU Histórica, no concurrió, ese error de decisión política, determinó que los que concurrieron al Congreso de Valiños, se quedaran con la CONADU y con su Personería Gremial. Esta es la principal razón de la desunión de los Docentes de las UUNN. Al principio, se la denominaba despectivamente, CONADU Flamarique (en alusión al Ministro de Trabajo que designó a Valiños). Sin embargo, tiempo después se produjeron reuniones conjuntas, para tratar determinados temas.
3.-Como opinión previa al tratamiento del tema de la cuota de solidaridad, deseo, señalar que toda institución se fortalece, administrando correctamente sus recursos, evitando tanto el desorden como el despilfarro, y sobre todo actuando con equidad. Ello en el plano administrativo, económico y financiero, y en el político planteando reclamosen general razonables, que sean posibles de lograr. La adopción permanente de medidas durísimas para alcanzar objetivos inalcanzables, es la mejor política para lograr la destrucción de un Gremio.
Debe asumirse que el conjunto de los docentes, no son los espartanos que murieron en las Termópilas. En general son temerosos, sobre todo si arriesgan su salario y/o su aparente estabilidad. También debemos reconocer que son muy pocos los docentes que reclaman “Vías de Hecho” (irregularidades que los afectan), condenadas por la Ley 19.549. Ni que sus asambleas son tan numerosas. Sólo un grupo muy pequeño de militantes se anima a hablar o a reclamar particularmente. Y en cuanto a los paros (no lo voy a decir, pero Ud sabe porqué adhieren en general los docentes a Medidas de Fuerza).
Cuando Ud. habla de potenciales perjuicios y debilitamiento que CONADU H. sufriría por nuestra decisión de cobrar la Cuota de Solidaridad, le respondo: que ello fue el ejercicio legítimo de un derecho inalienable,expresado a Ud, cuando convinimos ingresar. Fui muy claro respecto a la cuota de solidaridad, que debía cobrar FAGDUT, por Disposición 93/98de la entonces Dirección Nacional de Negociaciones Colectivas (hoy denominada Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo), era el 7,5 %, pero de toda la cuota de solidaridad acordada para las UUNN, la Señora Secretaria General, aceptó, y no dijo nada como ahora; “las cuotas solidarias que derivan de los acuerdos nacionales, corresponden a las representaciones nacionales intervinientes”. Si en aquella circunstancia nos decía esto, la FAGDUT no integraba hoy en la CONADU H. Es más, ahora nos han reconocido por el
aumento de nuestros afiliados cotizantes, un nueve por ciento (9 %) del total de la cuota, en lugar del anterior 7,5 %. Esta posición suya, expuesta entre comillas, no resiste el menor análisis porque es ilegal y violatoria del Artículo 4º de la Ley 23.929, y de toda la legislación vigente sobre el particular. La MECH no nos puede impedir que cobremos la cuota de solidaridad que nos corresponde, porque, técnicamente no hemos delegado nuestra Personería Gremial a ninguna entidad gremial de Segundo grado, ya que CONADU H. carece de Personería Gremial, no puede por ello subsumir personería gremial alguna de las Asociaciones de Base que las tienen. Lo dicho para la FAGDUT es válido para cualquier Asociación de Base, con Personería Gremial que no haya delegado su representatividad (Como ADUNAM).
La Secretaria General, ha hecho mención al perjuicio y debilitamiento de la CONADU H. por el cobro de tal cuota por FAGDUT. Si analizamos el estado económico financiero de la CONADU H. antes del Congreso del 14 y 15 de marzo, las Asociaciones de base, le debían a la bonita suma de más de ochenta mil pesos(80.000 $), este es ungrave factor de debilitamiento, y el perjuicio que causan estas administraciones deficientes, hasta nos permiten señalar sin ánimo de ofender, sino en términos de crítica constructiva, que puede merecer la calificación de INEPTITUDpara conducir una institución gremial. Se detecta una despreocupación general por cumplir con el pago de las cuotas, que curiosamente se desea incrementar. Es decir, para solucionar la falta de dinero, por mala administración, se pretende solucionar aumentando la cuota de la asociaciones de base (que ya es alta), y hay dificultades porque las Asociaciones de base deben 80.000 $. Debemos reconocer, que Comahue es acreedora, FAGDUT está al día y ha depositado la cuota del mes de febrero, y depositaremos también la de marzo, que los planes de lucha los apoyamos en la medida en que podemos garantizar su cumplimiento, porque hemos advertido discursos revolucionarios en los congresos, y luego, la universidad correspondiente, no para, o para poco. Ante su silencio, Sra Secretaria General, de actitudes de FAGDUT, hacia la CONADU H; indicamos, que sin cargo, hemos cambiado la obsolescente infraestructura informática de la Sede Bs As, por equipos nuevos de última Generación. que ahora todos pueden ver. También hemos colaborado concuotas extraordinarias a la implantación de las Carpas.
4.-El asunto más importante a contestar, es el relativo al Título de la Carta Pública de la Señora Secretaria General es decir: “Ref.:Cuota Solidaria por Negociación Nacional”.
Para empezar, es necesario analizar, desde cuando procede el cobro de las llamadas cuotas de solidaridad. El pago de las mismas se origina en la discusión en paritarias de las convenciones colectivas acordadas entre la representación sindical y la representación de la empresa (patronal), con la presidencia de un funcionario del Ministerio de Trabajo de la Nación. En dicha convención de común acuerdo, los representantes sindicales y los representantes patronales incluían en la convención, una cláusula que generalmente establecía que el aumento correspondiente a la primera quincena o el primer mes posterior a la homologación de la convención mediante Decreto del Poder Ejecutivo, lo cobraba íntegramente el o los Sindicatos con Personería Gremial, suscritores de la Convención Colectiva. En la paritaria celebrada en 1998, la Representación Sindical finalmente establecida por la Resolución del Ministro de Trabajo de la Nación Nº428, dictada el 16 de Julio de 1998, estaba integrada por la CONADU–antes de fracturarse-, la FAGDUT; y la UDA. Todas con Personería Gremial y firmantes del acta final celebrada el 10/9/98, cuya homologación se dictó por el Decreto 1470 del 15/12/98. Por ello, tanto la FAGDUT, la UDA. y posteriormente la CONADU (una vez elegidas sus Autoridades, en el Congreso Ordinario convocado por el abogado Valiños), cobraron la Cuota de Solidaridad, que en este caso se fijó en un dos (2) por ciento (%), por acuerdo de las partes. Es decir que de los 50 millones previstos en el Art. 22º de la Ley 24.938, se distribuyeron sólo 49 millones, ya que un millón de pesos (2 %) se distribuyó como cuota solidaria entre los gremios que integraban la Representación sindical. Se hace notar que sólo la CONADU, era una organización de segundo grado (Federación Nacional de Docentes Universitarios). Tanto la FAGDUT (Asociación Gremial de Docentes de la UTN), como UDA (Unión de Docentes Argentinos), eran entidades sindicales de Primer Grado. Es decir, que este ejemplo, es la prueba, que para cobrar la Cuota de Solidaridad, no es preciso ser una entidad de segundo grado (federación), sino simplemente, contar con la Personería Gremial, y suscribirel acta acuerdo. Es más, he tenido información valedera (fuente UTN), que todos los gremios integrantes de CONADU H, con personería gremial, fueron invitados a firmar el acta-acuerdo del 9 de mayo de 2007, para cobrar la cuota de solidaridad. Tampoco, voy a negar que la Subsecretaría de Políticas Universitarias, actuó inequitativamente. Pero la actitud de no firmar y rechazar todo, es una demostración poco inteligente, y la vez, la expresión de un irracional obstinamiento, absolutamente negativo, hasta ahora sin resultado alguno. Si nadie firmaba nada, y todo era rechazado, el gobierno habría demorado a su antojo el pago de los aumentos que aunque insuficientes, los hemos cobrado. Sin perjuicio, de mantener nuestro propio criterio, la firma de un acuerdo, nada impide que oportunamente se lo declare insuficiente, y se pida una nueva recomposición. Es más fácil lograr, “muchos poquitos” que “poquitos muchos”. Y atento a las perspectivas inflacionarias que se avecinan, vamos a estar obligados a repetir permanentemente esta metodología para que nuestro salario se deteriore lo menos posible.
Resumiendo:
Pensamos que el descontento por la insuficiencia salarial era general. La CONADU H. reclamó, pero su estrategia de permanente confrontación no aportó ni un centavo al salario de bolsillo de los docentes, y aunque no nos guste, debemos reconocer que el acta del 9 de mayo de 2007, tiene aspectos positivos, entre los cuales está elprograma para qué los gremios de docentes universitarios dicten cursos gratuitos, con nivel de Postgrado. Y que nuestra FAGDUT, fue hasta ahora la única entidad gremial que presentó un proyecto completo, aprobado en la Paritaria Particular Docente de la UTN, su Consejo Superior y el Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología de la Nación. Este Proyecto tiene ya principio de ejecución, con la previa contratación del Plantel Docente apropiado, y la primera clase esta prevista para el 12 de abril de 2008. Es decir que este proyecto, en nuestra FAGDUT, es ya una realidad
Ésta es una apretada síntesis de mi respuesta, por mandato unánime de la Resolución del 11 de marzo de 2007, de la Comisión Ejecutiva de FAGDUT. En nombre de la Comisión Ejecutiva la saludo muy atentamente.

Ing. Ramón Ángel Marostica
Secretario General