Leonardo Melo: “El nuevo reglamento de estudio representa un cambio de paradigma para los docentes tecnológicos” (2da parte)

En esta segunda parte de la entrevista al consejero superior y docente de la Facultad Regional Avellaneda de la UTN, Esp. Ing. Leonardo Melo, nos amplía su mirada sobre el reglamento de estudio recientemente aprobado con la Ordenanza 1549.

Ver la primera parte: 1era parte

“Podemos dar un ejemplo de cuáles serían las habilidades distintivas para una asignatura en particular, por ejemplo, Física II: Capacidad para resolver ejercicios de aplicación directa o inmediata; habilidad para resolución de problemas sencillos (de lápiz y papel); posibilidad de diseñar y modelar situaciones problemáticas (problemas de diseño y de modelado); y habilidad de argumentar, justificar y explicar para dar cuenta de fenómenos físicos” y agrega “Hecha esta diferenciación podríamos decir que las condiciones para los estudiantes de Aprobación Final (AF) seríanconocer los contenidos de la materia y poder emplearlos en situación sencillas de ejercitación, pudiendo resolver ejercicios y situaciones problemáticas sencillas (las primeras dos habilidades). Los estudiantes que alcancen la Aprobación Directa (AD) deberían también poder resolver ejercicios y problemas sencillos, pero implicaría un grado desarrollo que alcance también a la resolución de problemas más complejos como también a un correcto uso de la argumentación y justificación.” aclara el ingeniero Melo.

FAGDUT, a través de su instituto de capacitación dictó un curso sobre evaluación de los aprendizajes, en un intento de problematizar la instancia de evaluación en las diferentes instancias del cursado en las carreras de ingeniería. En este sentido, el consejero docente, refiriéndose al ejemplo citado más arriba sobre la asignatura Física II, señala “Claro está que las habilidades planteadas son genéricas, y que además se deberá para cada bloque de temas que componen el diseño curricular de la asignatura, plantear habilidades y capacidades específicas para las dos instancias de aprobación. Y es en este punto donde estará la clave del éxito al momento de diseñar la estructura de las diferentes instancias de evaluación. De esta manera, por ejemplo, un parcial no debería de ser evaluado numéricamente por cantidad de ejercicios o problemas bien hechos, sino que aquel estudiante que pueda demostrar dentro de la evaluación, las habilidades mínimas para AF se le acreditará un seis (o aprobado), mientras que el que logre alcanzar las habilidades de AD podrá ser calificado con una escala de 7 a 10.” y aclara que “ Para que lo anterior sea congruente, aquellos estudiantes que no alcancen la aprobación directa, deberán rendir un final en el cual tendrán que demostrar haber adquirido aquellas habilidades para las cuales no calificaron. Es decir, que el examen final debe guardar estrecha relación con el régimen de cursada. De este modo se asegurará homogeneidad en la acreditación de asignaturas” reflexionó Melo y resaltando que estas reflexiones no le perte

necen con exclusividad, sino al grupo de trabajo del cual es parte integrante .

Leonardo Melo, se refiere a la importancia de interiorizarse sobre la ordenanza en cuestión “Creo que de la Ordenanza hay algunos artículos que son importantes, principalmente los que hacen referencia al régimen de aprobación y al régimen de cursado” 

Ordenanza 1549

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